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DERECHO AL HONOR Y ASNEF EQUIFAX EXPERIAN BADEXCUG INFODEUDA CIREX

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El articulo 18 de la Constitucion Española en su apartado 1 establece:

Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Cuando los Ficheros de Morosos ASNEF EQUIFAX EXPERIAN BADEXCUG INFODEUDA o CIREX, incluyen a una persona sin cumplir los requisitos previos, SE VULNERA EL HONOR DE LA PERSONA.

¿Qué requisitos establece la Ley?

La deuda tiene que ser CIERTA, VENCIDA, EXIGIBLE y no puede existir ningún procedimiento de reclamación o judicial, ya sea a iniciativa del deudor o que éste se oponga a una interpuesta por el acreedor.

Tiene que existir un requerimiento previo por parte del acreedor donde conste la advertencia de que en caso de impago sus datos pueden ser incluidos en los Ficheros de morosos (el requerimiento previo para que sea válido tiene que quedar constancia (carta certificada, burofax, telegrama, etc…)

Si no hay una prueba de que la persona deudora lo ha recibido y esta lo niega es como si no lo hubiese recibido.

Una vez incluida la deuda, el Fichero (ASNEF-EQUIFAX EXPERIAN BADEXCUG INFODEUDA o CIREX) tienen que notificar la inclusión en los siguientes 30 días, actualmente tienen un servicio UNIPOST que es una empresa privada de correos que dice que la carta fue enviada y que no fue devuelta, algunos jugados lo dan como buenos, pero el Tribunal Supremo tiene claro que no es suficiente con tener un procedimiento automatizado, debe de existir prueba de que realmente la persona lo recibió.

Que la deuda no esté pagada por supuesto, si la deuda se incluye o no la eliminan una vez pagada es totalmente ilegal, pero suele ocurrir que se pague la deuda y la mayoría de las veces la empresa acreedora le dé de baja de los Ficheros.

Que la deuda tenga mas de 6 años, el plazo a contar es desde que la deuda debió de pagarse, pero ocurre que en muchas ocasiones los ficheros la incluyen meses, incluso años despues, no obstante, siempre tenemos que centrarnos en la fecha del impago que es la realmente válida.

 

¿COMO ES EL PROCEDIMIENTO?

Se le requiere a los Ficheros, la baja por incumplir la Ley, los cuales tienen un plazo de 10 días para resolver, lo habitual que hacen los Ficheros es, llegar nuestro escrito y le dan traslado del mismo al acreedor que le comunica al fichero si acepta o no la petición y el Fichero nos lo comunica.

¿QUÉ PODEMOS HACER SI LLEGA DENEGADO?

Nuestro consejo, demandar al acreedor y al fichero por el incumplimiento de los requisitos en el Juzgado que le corresponda del domicilio de la persona deudora, normalmente, casi todos los procedimientos Judiciales se presentan en el domicilio de la parte demandada, pero este tiene una especial relevancia y se inicia en el domicilio del demandante (articulo 249.1.2º de la LEC.)

El procedimiento se puede realizar con Abogado del turno de oficio siempre que se tenga derecho COMPRUEBA SI TIENES DERECHO AQUÍ. 

La mayoría de las veces ocurre que:

Antes de entrar al Juicio los acreedores quieran llegar a un acuerdo que normalmente consiste en DESCONTAR UNA CANTIDAD DE LA DEUDA Y EL RESTO SE PAGA A PLAZOS, ADEMÁS DE SACARNOS DEL FICHERO DE MOROSOS (ASNEF EQUIFAX EXPERIAN BADEXCUG INFODEUDA o CIREX)

SI NO HAY ACUERDO PREVIO, ¿QUE SUELE PASAR EN EL JUICIO?

Por ejemplo, SI TE HAN INCLUIDO SIN REQUERIMIENTO PREVIO, el acreedor intentara demostrar que ha sido enviada la carta, te preguntarán si has recibido la carta o requerimiento por cualquier medio, SI LO NIEGAS ROTUNDAMENTE, NO NO y NO, el Juzgado le pedirá al acreedor que demuestre que has recibido el requerimiento, si no lo tienes, EL JUEZ LOS CONDENA.

 

¿A QUE LO SUELE CONDENAR?

Lo condenan por vulnerar tú Honor, a una cantidad económica y la obligación de sacarte de los Ficheros de morosos.

¿TE PUEDEN VOLVER A INCLUIR?

No creo que les queden ganas

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